Saturday, September 13, 2014

SAN MIGUEL DE AYER Y HOY. VI / Víctor Celis Becerra. TERCERA GESTIÓN Creación Provincia de San Miguel

SAN MIGUEL DE AYER Y HOY. VI / Víctor Celis Becerra. TERCERA GESTIÓN Creación Provincia de San Miguel

TERCERA GESTIÓN

(Foto archivo: Rosalino Quiroz Huerta)
 
            En el año de 1950, era Alcalde de San Miguel el señor Arístides Ortega Cruzado, hombre que siempre se preocupó por el progreso de su pueblo, hasta que en 1964 asume la dirección de otra comisión tratando de conseguir el acariciado anhelo de 50 000 sanmiguelinos.
            El dinámico Alcalde presentó un buen documentado Memorial, ilustrado por un sin número de fotografías de todas las actividades de la región: Industrial, Comercial, Agrícola y Ganadera, que le dan sobrados méritos para alcanzar el rango provincial, cuyo texto es el siguiente:
Los Diputados que suscriben presentan el siguente proyecto de Ley:
            El Congreso de la República,
            Considerando:
            Que la provincia de Hualgayoc, por su crecida población de más de ciento cuarenta mil habitantes y por su gran extensión superficial hace difícil y embarazosa la administración pública siendo una sola circunscripción provincial, que además ofrece serios inconvenientes la gran distancia a que se hallan los distritos de San Miguel, Niepos, Llapa y San Gregorio de la capital actual.
            Que dentro de la provincia de Hualgayoc se encuentran importantes poblaciones cuyo adelanto y progreso son evidentes, especialmente la ciudad de San Miguel y zonas aledañas con una población que pasa los cuarenta mil habitantes.
            Que la acertada administración de los pueblos sobre su aspecto político, el desarrollo de su comercio y el desenvolvimiento de sus industrias dependen en mucho de su atinada administración territorial.
            Que está demostrada la necesidad urgente de dividir en dos Provincias la de Hualgayoc, del Departamento de Cajamarca, como el medio más indicado para que las autoridades de cada una de aquellas, puedan llenar sus deberes en provecho de los diversos pueblos de su jurisdicción.
            Que practicada esta división, las autoridades locales, judiciales y políticas atenderán el servicio público, sin que los ciudadanos sufran demora en sus peticiones y en sus actividades, que como en la actualidad, ya que en tal forma se consulta el pronto despacho de todos los ramos de la administración.
            Que una manifestación evidente de la necesidad que existe para dividir en dos la provincia de Hualgayoc  es la circunstancia que la Jefatura de Línea de la Guardia Civil de Hualgayoc ha tenido que doblarse en dos, radicando una de ellas en la ciudad de San Miguel de Cajamarca, e igualmente se ha tenido que establecer, en razón de las grandes distancias que separan el grupo de pueblos formado por los distritos de San Miguel, Niepos, Llapa y San Gregorio una Notaría Pública en la ciudad de San Miguel como la mejor solución de ese problema.
            Que al designar la capital de una provincia se debe consultar, porque es fundamento cardinal, la situación topográfica; así como otras condiciones indispensables para una buena administración.
            Que teniendo en cuenta que la actual demarcación territorial política de la nación no responde en muchos casos a la realidad geográfica, económica y política, lo que dificulta grandemente el progreso de muchas regiones y pueblos, que por estar dotados de riquezas naturales, desarrollar sus peculiares industrias y poseer cierto grado de cultura, están llamados a constituir la grandeza de la patria.
            Que estas y otras consideraciones de orden topográfico y adminsitrativo y judicial imponen la necesidad urgente de dividir en dos la actual provincia de Hualgayoc, como medio de impulsar el progeso de todos los pueblos de dicha circunscripción.
            Que por las razones antedichas el distrito de San Miguel por su ubicación topográfica, su extensión, población privilegiado clima, grado de cultura, elementos industriales, minas y con él los distritos de Llapa, Niepos y San Gregorio que le siguen en importancia, deben constituir una provincia aparte como medio también de armonizar con la política de engrandecimiento nacional que encabeza el esclarecido Mandatario señor General Manuel A. Odría, Presidente Constitucional de la República.
            Que entre los pueblos que hoy integran la provincia de Hualgayoc, se tiene el grupo de ellos, que acaba de señalarse, los que se hallan situados  en el extremo opuesto de la capital actual y a considerable distancia de ésta, ocupando la ciudad de San Miguel el punto céntrico más aproximado de dicho número de distritos.
            Ha dado la ley siguiente:
            Artículo 1°.- Divídase en dos la provincia de Hualgayoc y créase la provincia de San Miguel de Cajamarca.
            Artículo 2°.- La provincia de Hualgayoc estará formada por los distritos de Bambamarca, Hualgayoc, Chugur y los de Llaucán, la Comarca y Tallamac, caseríos que por su importancia quedan erigidos en distritos por la presente Ley, teniendo como capital dicha provincia la ciudad de Bambamarca.
            Artículo 3°.- La Provincia de San Miguel de Cajamarca, quedará constituida por los distritos de San Miguel, Niepos, Llapa y San Gregorio y los caseríos Calquis, Bolívar, Nanchoc y San Silvestre de Cochán, que se elevan a la categoría de distritos y tendrá por capital la ciudad de San Miguel.
            Artículo 4°.- Los límites de la provincia de que se trata en el artículo anterior serán los mismos de los distritos que lo constituyen.
            Artículo 5°.- Los límites de los distritos de reciente creación serán los mismos que tienen los caseríos que adquieren esa categoría y tendrán por capitales los de su mismo nombre, con ubicación en los lugares que han servido como sede de las autoridades de dichos caseríos.
            Comuníquese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario a su cumplimiento.
            Dado en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima a quince de octubre de mil novecientos cincuenta.
            El proyecto fue firmado por los Representantes por Cajamarca, no lo firmaron los señores Manuel Cacho y Manuel Noriega.

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